PROCURADURÍA sus funciones se amparan en las estipulaciones de los artículos 275, 276, 277, 278, 279, 280, 281, 282, 283 y 284 de la Constitución de 1991.por lo cual realiza el control disciplinario del servidor público, adelantando las investigaciones y sancionando a los funcionarios que incurran en faltas disciplinarias en el desempeño de sus funciones. De igual manera adelanta las investigaciones cuando se presenten irregularidades en el manejo del patrimonio público.
Ante irregularidades, éste organismo es autónomo en el ejercicio de sus investigaciones y en la ejecución de sus determinaciones.
Usted puede radicar su queja o denuncia utilizando los siguientes medios:
Dirección Física: Carrera 5ª Nro. 15 – 60 primer piso (Bogotá) / Lunes a viernes de 8 a.m. a 5:00pm. Jornada continúa.
Línea gratuita para todo el país: 018000 910 315 – Línea reducida: 142 – PBX: (571) 5878750
Formulario Web: Solicitudes y Denuncias Correo: quejas@procuraduria.gov.coPROCURADURÍA sus funciones se amparan en las estipulaciones de los artículos 275, 276, 277, 278, 279, 280, 281, 282, 283 y 284 de la Constitución de 1991.por lo cual realiza el control disciplinario del servidor público, adelantando las investigaciones y sancionando a los funcionarios que incurran en faltas disciplinarias en el desempeño de sus funciones. De igual manera adelanta las investigaciones cuando se presenten irregularidades en el manejo del patrimonio público.
Ante irregularidades, éste organismo es autónomo en el ejercicio de sus investigaciones y en la ejecución de sus determinaciones.
Usted puede radicar su queja o denuncia utilizando los siguientes medios:
Dirección Física: Carrera 5ª Nro. 15 – 60 primer piso (Bogotá) / Lunes a viernes de 8 a.m. a 5:00pm. Jornada continúa.
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